La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que condena a seis hijos del empresario José María Ruiz-Mateos a 7 años y 4 meses de prisión por delitos de estafa, blanqueo de capitales y alzamiento de bienes. Esta condena se deriva de las actividades delictivas llevadas a cabo para captar fondos para el Grupo Nueva Rumasa entre 2009 y 2011. La sentencia, que abarca 672 páginas, también incluye penas para otros implicados, como José Ramón Romero, director de la oficina del Grupo Rumasa en Jerez de la Frontera, quien ha sido condenado a 6 años y 3 meses de prisión.
Los hermanos Ruiz-Mateos, junto con un sobrino, Zoilo Pazos, han sido condenados a indemnizar de forma conjunta a los perjudicados en este caso. La sentencia también impone el pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares. La magistrada Teresa García Quesada ha destacado que el Grupo Nueva Rumasa era un entramado de sociedades que, aunque operaban bajo una gestión común, no constituían un grupo consolidado según la legislación mercantil y fiscal.
El tribunal ha señalado que, a pesar de que el grupo pertenecía a la familia Ruiz-Mateos, muchas de las sociedades estaban formalmente registradas a nombre de entidades en paraísos fiscales, lo que permitió mantener un alto grado de opacidad en sus operaciones. La situación económica del Grupo Nueva Rumasa se describió como crítica a principios de 2009, con deudas acumuladas que superaban los 197 millones de euros.
La sentencia también revela que parte de los fondos captados de los inversores fueron desviados para la adquisición de bienes personales de la familia Ruiz-Mateos, incluyendo vehículos e inmuebles. Se ha comprobado que al menos 1.050.190 euros fueron utilizados para cubrir gastos relacionados con estos activos. A partir de marzo de 2011, el grupo comenzó a presentar solicitudes de concurso voluntario para sus empresas, aunque esto no detuvo las ejecuciones de pago que se acumulaban.
En el proceso judicial, los miembros de la familia Ruiz-Mateos intentaron anular la causa, alegando que las pruebas se habían obtenido de manera ilegal a través de su abogado, quien había sido condenado por revelación de secretos. Sin embargo, el tribunal solo aceptó la nulidad parcial de las pruebas obtenidas a partir de las declaraciones de este abogado, manteniendo el resto de las pruebas válidas.
El tribunal también ha considerado las dilaciones indebidas en el proceso, que se extendió por casi seis años, como una atenuante para los acusados. Este retraso se atribuyó a la complejidad del caso y a la congestión judicial, exacerbada por la pandemia de COVID-19. A pesar de las circunstancias, el tribunal ha subrayado la importancia de resolver los casos en un plazo razonable, lo que ha llevado a la consideración de las dilaciones como muy cualificadas.
La sentencia marca un hito en la lucha contra la corrupción y las estafas financieras en España, destacando la responsabilidad de los empresarios en la gestión de sus empresas y la necesidad de transparencia en las operaciones comerciales. La condena a la familia Ruiz-Mateos es un recordatorio de las consecuencias legales que pueden derivarse de prácticas empresariales fraudulentas y de la importancia de proteger a los inversores y a la sociedad en general de este tipo de delitos.